¿Qué funciones cumple el abogado penalista?

El abogado penalista es un profesional especializado en toda clase de cuestiones de derecho penal. Es conveniente conocer qué funciones puede realizar.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) prevé una serie de pasos en los que el acusado o acusador tiene que estar representado por abogado y procurador.

Un abogado penalista puede asumir el rol de defensor o acusador, en función de quién le contrate. Ofrecemos más detalles acerca de cómo trabajamos.

Defensa penal

La defensa penal es el primer derecho que se le reconoce a un detenido. Es fundamental contar con una buena representación legal desde el primer momento. Este trabajo es muy importante porque nos permitirá ahorrarnos problemas y defender mejor nuestros derechos en un momento difícil. Es igualmente importante que los abogados conozcan los detalles de la legislación. Un buen abogado marcará la diferencia.

Acusación penal

La acusación penal tiene como ventaja el hecho de que podemos presionar más e incidir en aquellos detalles que se le pueden pasar por alto a la fiscalía. Con ello, se complementa la acción de la acusación oficial. El abogado penalista puede hacer una petición propia de penas que el tribunal tendrá que considerar.

El abogado penalista es un especialista que, en determinados momentos, es necesario. Es conveniente que invirtamos en la contratación de un buen profesional porque este aspecto puede ser decisivo a la hora de ganar un proceso o, como mínimo, minimizar los perjuicios. La diferencia entre un abogado u otro puede suponer la libertad o varios años de prisión, según el caso.

Prisión Provisional

La prisión en España puede plantearse en la fase de instrucción, esto es, en la primera fase del procedimiento penal, cuando se están reconstruyendo los elementos del delito, como una medida cautelar muy excepcional. La misma está regulada en los artículos 502 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal titulado el capítulo como “La prisión provisional”.

La prisión provisional sólo puede ser acordada mediante resolución judicial en forma de auto, y tras escuchar en audiencia al interesado, en lo que se denomina como “vista del 505” en relación con el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La prisión provisional sólo puede ser acordada mediante resolución judicial en forma de auto, y tras escuchar en audiencia al interesado, en lo que se denomina como “vista del 505” en relación con el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

¿Cuándo se acordará la prisión provisional?

La prisión provisional en España sólo se puede acordar por el juez instructor que esté investigando la causa o en su caso un sustituto, sólo se adoptará cuando sea objetivamente necesaria, y cuando no existan otras medidas menos lesivas para el derecho fundamental a la libertad del investigado, cómo pueden ser: la imposición de una fianza, retirada del pasaporte y prohibición de salida de España, imposición del deber de firmar ante el juzgado, o simplemente comunicar un domicilio de notificaciones.

¿Qué requisitos exige la prisión provisonal?

La prisión provisional, al ser una medida tan lesiva para la libertad, exige para que esta se acuerde que concurran unas causas muy tasadas, la ley las recoge en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y siguientes:

• Que existan en la causa hechos que revistan una pena de prisión igual o superior a dos años. Podría acordarse también para aquellos hechos con pena inferior si el investigado o encausado tuviere antecedentes penales, derivados de un delito doloso.
• Que aparezcan en la causa “motivos bastantes” para creer responsable criminalmente al investigado.
• Que se persiga alguno de los siguientes fines: (a) Asegurar la presencia del investigado en el proceso cuando exista riesgo de fuga. (b) Evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas. (c) Evitar que actué contra la víctima.
• Para evitar que el investigado o encausado comenta otros hechos, evitar la reiteración delictiva.

Si quieres evitar la prisión provisional o si ya estás en prisión y deseas salir en libertad, necesitas un abogado experto en derecho penal. Llámanos y te ayudaremos. Consúltanos sin compromiso a través del teléfono 626 20 25 28.